Ley No 697 de 26 de mayo de 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:


Artículo Único.

De conformidad con lo establecido por el Parágrafo II del Artículo 362 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, suscribir el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación de Áreas Reservadas a favor de YPFB, correspondiente al Área Carohuaicho 8C, ubicada en el Departamento de Santa Cruz, con las empresas YPFB CHACO S.A. y YPFB ANDINA S.A.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil quince.

Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortíz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil quince.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Sánchez Fernández