ESPECIAL: Analizan papel de arbitraje y mediación sobre conflictos en inversiones chinas en Brasil (XINHUA ESPAÑOL)

XINHUA EN ESPAÑOL

Mayo 17 de 2018

RIO DE JANEIRO, 16 may (Xinhua) — El centro de estudios económicos brasileño Fundación Getulio Vargas (FGV) realizó un seminario este miércoles sobre el papel del arbitraje, la mediación y la solución de conflictos en las inversiones chinas en Brasil, con la presencia de varios especialistas que debatieron sobre las diferencias jurídicas entre ambos países.

Con la participación de la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China (CIETAC, siglas en inglés), y de la cónsul general adjunta de China en Río de Janeiro, Chen Xiaoling, entre otras personalidades, los expertos compararon y debatieron sobre las formas de solucionar los conflictos jurídicos en ambos países, en un momento de auge de las inversiones chinas en Brasil.

Uno de los organizadores del evento, el brasileño Evandro Menezes de Carvalho, destacó la importancia de los arbitrajes y la mediación para solucionar conflictos jurídicos entre empresas de los dos países, que proceden de culturas muy distintas.

“Ahora que están entrando muchas inversiones en el país, las grandes empresas prefieren poder tener un tribunal especializado, porque la justicia nacional es un proceso más lento y pesado. Como Brasil tiene muchas inversiones chinas, es natural que cuando los proyectos comienzan, haya los primeros problemas en ejecución y consecuentemente, los primeros problemas jurídicos”, comentó.

Menezes, coordinador del Núcleo de Estudios Brasil-China de la FGV y árbitro de la Cámara de la FGV para la Mediación y Arbitraje, resaltó que “si en un primer momento son muy importantes los economistas para las inversiones, ahora es el momento de los juristas, para solucionar conflictos”.

Según él, “los conflictos son normales, principalmente los jurídicos a la hora de ejecución de los proyectos de infraestructura, por ejemplo. Los chinos entran con inversiones muy fuertes, para hacer determinadas obras de infraestructura, y a la hora de contratar las partes, las empresas, aparecen los problemas, como una ejecución mal hecha… y las partes del negocio empiezan a tener los primeros conflictos jurídicos. La importancia de tener frente a frente árbitros chinos y brasileños, que conocen la cultura jurídica de cada lado, porque en un futuro seguro que estarán trabajando juntos”.

Para Menezes, la presencia de la CIETAC en el seminario “ya es una señal que los chinos tienen consciencia de la necesidad de tener juristas” y afirmó que “los juristas brasileños deben conocer la mentalidad jurídica de china y viceversa, porque en el caso de un tribunal arbitral, lo forman árbitros de varias nacionalidades, y para que todo este proceso si ocurre sea más eficaz, es importante que las partes conozcan cómo es el arbitraje en el otro lugar y el papel de la mediación”.

Otro de los ponentes, Marcos Ludwig, socio del bufete Veirano Advogados, realizó una comparación del derecho a la práctica de arbitraje en Brasil y en China, destacando que “hay aspectos más parecidos de lo que nos pensamos en Brasil, y al mismo tiempo hay aspectos de innovación, en los últimos años, que es lo que busca la CIETAC”.

“Mi lectura es pensar qué podríamos aprovechar de lo que está haciendo la CIETAC y las iniciativas que está adoptando en China, es un tema muy rico, creo que es un puente para el diálogo entre Brasil y China”, dijo Ludwig, co-presidente del Comité de Derecho y Práctica Comercial del comité nacional brasileño de la Cámara de Comercio Internacional (ICC Brasil).

Entre las similitudes entre las leyes de arbitraje en China y Brasil, apuntó que “van del proceso de la ley de arbitraje a una intervención limitada del poder judicial en el arbitraje, un respeto al arbitraje. La principal similitud es que Brasil y China se han desarrollado como jurisdicciones ‘arbitrations friendly’, jurisdicciones que el judiciario respeta las decisiones arbitrales, estimula que las partes lleguen a este tipo de resolución, que no se necesite recurrir a la Corte”.

En el otro lado, destacó como diferencias que “Brasil debe estar atento por ejemplo al incentivo que se da en la ley de arbitraje de China y en el reglamento de instituciones como la CIETAC. Es interesante que la ley china es más flexible en este sentido, y permite que los propios árbitros, en medio de un arbitraje, puedan hacer que ambas partes lleguen a un acuerdo. En el caso de China, ellos mismos pueden actuar como conciliadores o mediadores, el árbitro deja de actuar como árbitro y puede actuar como facilitador del acuerdo entre ambas partes, el papel del mediador. Esto no lo tenemos en Brasil y permite una solución más pragmática y eficiente de disputas”.

Ludwig destacó el papel de la CIETAC “como institución que busca una especialización sectorial, tener comisiones especializadas y reglas especiales para diferentes sectores de la economía, como disputas de inversión, disputas financieras, disputas de dominio en internet…”.

Como comparación, destacó que en China en 2016 hubo 200.000 casos nuevos de arbitraje, mientras que en Brasil se calcula que fueron poco más de 300. “Si comparas, se muestra la experiencia china muy voluminosa, pasaron muchos casos por las decisiones arbitrales, y esto genera lecciones de eficiencia y cómo poder tener tantos casos. Brasil debería estar atento y eventualmente adoptar estas buenas prácticas”, concluyó.

Otro experto brasileño que participó fue Lucas Leite Marques, socio del bufete Kincaid Mendes Vianna Advogados.

Marques destacó que “una importante alteración legislativa promovida en el ordenamiento brasileño en 2015, trajo relevantes modificaciones a la ley de arbitraje brasileña, entre las cuales, una previsión expresa sobre la posibilidad de utilización de la vía arbitral por la administración pública directa e indirecta para dirimir conflictos relativos a los derechos patrimoniales disponibles”.

Según él, en el marco de esta devolución legislativa otras normas posteriores fueron promulgadas en el país, objetivando reglamentar la participación de entes de la administración pública en procesos arbitrales. La más reciente de ellas consiste en un decreto estatal que vino a disponer sobre la posibilidad de utilización del instituto de arbitraje como mecanismo para solucionar conflictos envolviendo el estado de Río de Janeiro o sus entidades.

“Iniciativas como ésta por parte del estado de Río de Janeiro merecen ser destacadas. En la medida en que la administración pública desiste de utilizar la vía judicial, con todas las prerrogativas que posee, para adoptar un método privado de resolución de conflictos, contribuye para la creación de un ambiente cada vez más atractivo de negocios, estimulando nuevas contrataciones y asociaciones de la iniciativa privada junto al poder público”, finalizó Marques.

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