Foro Panamazónico advierte que entre el 2015 y 2021 los derechos mineros incrementaron de 88 a 858
El investigador Alfredo Zaconeta del Cedla advirtió que la explotación aurífera es una amenaza creciente para las comunidades de la Amazonía Las empresas privadas se camuflan en las cooperativas para evadir impuestos.
Los derechos mineros o concesiones entre el 2015 y 2021 se multiplicaron en más de diez veces; de 88 a 858 en solo seis años. Así lo hizo conocer el investigador del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), Alfredo Zaconeta, durante el Pre Foro Social Panamazónico XI (Fospa). Advirtió que la explotación aurífera se ha convertido en una amenaza creciente para las comunidades de la Amazonía.
“¿Cuál es el estado de situación en las zonas de explotación del oro en la Amazonía del país y cuáles las perspectivas en la reconfiguración amazónica?. Con los precios del oro disparándose, su mayor demanda en el mercado internacional, la laxitud de la actual normativa la minería y la silenciosa complicidad gubernamental, la explotación de aurífera se ha convertido en una amenaza creciente para las comunidades”, cuestionó el experto.
De acuerdo al investigador, las normas han ido fomentando la proliferación de cooperativas para que los operadores opten por las cooperativas antes que por la minería chica o privada.
Con datos oficiales, Zaconeta mostró contradicciones a la hora de identificar a los actores mineros detrás de las operaciones, pues según el Anuario Estadístico y Situación de la Minería 2022, de las 858 concesiones mineras en la Amazonía, 221 corresponden a los mineros, 621 a las empresas privadas, nueve a las estatales y siete son reservas fiscales.
“El dato resulta contradictorio, ya que, según el Ministerio de Minería y Metalurgia porque de acuerdo al cuadro del anuario, el sector privado es el mayor actor minero en la Amazonía, ¿Pero cómo entendemos que si el mayor operador minero es el privado, el 99,6% de la producción nacional de oro se registre como cooperativas?”, lanzó la interrogante desde la población de Rurrenabaque en el departamento de Beni.
En esa línea cuestionó sobre quién está fallando, y señaló que es el Estado y la debilidad institucional que está permitiendo que los operadores privados se estén haciendo pasar por cooperativas para evadir el pago de impuestos y solo pagar una regalía, que oscila entre 1,5 y 2,5%.
“El cuadro refleja la debilidad institucional de la AJAM con lo que está pasando en la Amazonía. En un análisis de la Amazonia Norte, las cooperativas entre 2015 y 2021, las concesiones mineras se incrementaron de 88 a 858”, precisó.
En esa línea señaló que la tendencia ratifica el monopolio sobre la extracción y comercialización del metal preciado en manos de las cooperativas auríferas, las más flexibilizadas en términos tributarios y ambientales.
“Una hipótesis que explica esas cifras, es que operadores privados, entre empresas y unipersonales estén mimetizadas con las cooperativas mineras”, subrayó.
A la vez identificó que el considerable crecimiento de la minería aurífera en Bolivia se traduce en conflictividad social, proliferación de minería ilegal, contaminación al medioambiente, bajas recaudaciones tributarias, presencia ilegal de capital extranjero, entre otros aspectos.
Algunas normas que promovieron la expansión minera
El investigador del Cedla, mencionó que la expansión de las cooperativas mineras ha sido promovida desde diferentes normas. Mencionó que la Constitución Política del Estado (2009),que en su artículo 307, numeral II señala que la economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.
El artículo 369, numeral I de la CPE reconoce como actores productivos a la industria minera estatal, industria minera privada y sociedades cooperativas, medida macro que fue el puntal inicial para delinear las normativas consecuentes a favor del sector cooperativo, así como su masificación en el país y particularmente, en la Amazonía.
En cuanto a la Ley 535 de Minería y Metalurgia de 2014 citó que mientras el artículo 151, que señala: “Las cooperativas mineras no podrán suscribir contratos de asociación con empresas privadas sean éstas nacionales o extranjeras”, pero inmediatamente el inciso II establece que. “El Estado podrá suscribir contratos de asociación de economía mixta con personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el aprovechamiento de los recursos naturales. Debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en el país”.
También la CPE establece que se podrán constituir empresas mixtas con el Estado a través de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) a cuyo efecto adecuarán su razón social, sujetándose a la normativa que rige para las empresas mixtas.
El artículo 220 beneficia directamente al operador minero cooperativista, ya que el mismo autoriza las actividades mineras en áreas protegidas y forestales, lo estamos viendo en el caso del Madidi.
El artículo 227 de las alícuotas crea una alícuota especial del 2,5% para el oro en estado natural o en escama proveniente de yacimientos marginales operados por la minería de pequeña escala.
“Antes se pagaba el 7 y 5% en el periodo de Gonzalo Sánchez de Lozada, pero Evo Morales muy generoso crea la alícuota especial, que ni siquiera se cumple, porque la misma norma dice, salvo se comercialice internamente, lo que se reduce es a 1,5%”, aseveró.
El DS 2892 de septiembre de 2016 reconoce los derechos laborales de las personas que prestan servicios en las cooperativas mineras, lo cual es una contradicción según analiza Zaconeta.
“Esto es una clara contradicción a lo establecido por la Ley 356 de General de Cooperativas, promulgada el 11 de abril de 2013 que en su artículo 16, referido a sus prohibiciones, señala en su numeral II, que en las cooperativas de producción, el trabajo es personal y se prohíbe el trabajo delegado, salvo excepciones temporales establecidas”, citó.
El Decreto Supremo 3549, de mayo de 2018 modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al reglamento de prevención y control ambiental. “Esta medida modificó la ficha ambiental por un “formulario de categorización ambiental”, que demanda menor información al momento del trámite.
Por otra parte, el DS 3856, de abril de 2019, permitió eximir la licencia ambiental a los proyectos de categoría cuatro, en áreas citadinas, y en el caso de áreas protegidas, limitó a solo comunicar el inicio de actividades respectivas, adjuntando el certificado de compatibilidad de uso emitido por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap).
“Ambas medidas (3549 y 3856) fomentaron la proliferación de actividades mineras, particularmente en el norte de La Paz y Beni, incluido el Madidi, declarado como Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado”, mencionó.
Cooperativas en cifras
De las 1.816 cooperativas, aproximadamente 1.400 están dedicadas a la explotación de oro y alrededor de 1.300 estarían en La Paz, 30 en Beni y 4 en Pando
En la gestión 2022 Bolivia alcanzó su mayor producción histórica: 53,3 T, con un valor de $us 3.026 millones,pero apenas genero una regalía de $us 63,2 millones
Siete de los nueve departamentos del país se dedican a la explotación de oro.
Solo dos concentran el 90% de la producción nacional: La Paz, con 40,3 T (75,5%), y Beni, con 8,03 T (15%).
El 97,8% de esta producción se exportó a: 75% a la India, 17% a Emiratos Árabes Unidos, el 3% a Italia, el 3% a Turquía y el 3% restante a otros países, en pequeñas cantidades.
El destino del oro boliviano cambió en los últimos seis años, puesto que hasta 2016 EEUU era el principal destino. Este cambio se debe a las exigencias del país del norte de aplicar la “debida diligencia”.
El Foro Panamazónico se desarrolla desde el 20 de julio en la población beniana a donde se trasladaron académicos, investigadores, representantes de organizaciones de la sociedad civil comprometidos con los derechos ambientales y pueblos indígenas.
La presente nota fue realizada en el marco del proyecto “Fortalecimiento de las capacidades de comunicadores y periodistas para la conservación de la biodiversidad del Corredor Madidi-Pilón Lajas-Cotapata (MPLC)” implementado por la Asociación Boliviana Pro Defensa de la Naturaleza (Prodena), con el apoyo financiero del Fondo de Alianzas para los Ecosistemas Críticos (CEPF) a través de Conservación Amazónica –ACEAA en Bolivia.
Publicado en: ANA