El Gobierno busca frenar con una ley la pérdida de dólares por la venta legal e ilegal del oro

El preciado mineral se contrabandea desde Perú a territorio boliviano para exportarse junto con la producción nacional a través de un esquema que merma aún más las RIN

Sobre llovido, mojado. A la presión que hay sobre las Reservas Internacionales Netas (RIN) se suma la pérdida de dólares que causa el negocio de la comercialización legal e ilegal del oro en el país, un problema que intentará frenar la nueva ley del sector.

Bolivia “no solo pierde divisas por el contrabando” de oro que ingresa de otros países, “sino también por las operaciones de comercio exterior que realizan las comercializadoras”, revela la exposición de motivos del proyecto de Ley del Oro de Producción Nacional destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales.

En el documento, elaborado por el Ministerio de la Presidencia, el Ejecutivo reconoce que “existe una internación de oro proveniente de Perú de forma ilegal que se destina a la exportación por vías formales de Bolivia”.

El hecho se corrobora con datos del Instituto Nacional de Estadística que dan cuenta de que en 2020; por ejemplo, la producción nacional de oro fue de 11,3 toneladas (t), las importaciones oficiales de 0,1 t y el consumo interno de 0,1 t. Esto deja 11,3 t legales para la exportación. Sin embargo, en esa gestión, las ventas externas de oro sumaron 22,6 t, volumen que se alcanzó con otras 11,3 t identificadas como importación ‘subregistrada’.

Esta situación ocurre desde 2012, cuando el subregistro en las exportaciones alcanzó el 0,3%, el 45,7% en 2013, el 62,8% en 2014, el 44,6% en 2015, el 36,6% en 2016, el 13% en 2017, el 10,8% en 2018, el 22,3% en 2019 y el 50% en 2020.

Para Alfredo Zaconeta, investigador en temas mineros del Centro de Desarrollo Laboral y Agrario (Cedla), el ingreso de oro peruano a Bolivia se debe principalmente a dos factores: a que en ese país hay una mayor presión tributaria para ese negocio y a que en los últimos cinco años se ha intensificado la represión a la minería ilegal, incluso con incautaciones de oro producido con el prohibido mercurio.

“Para evadir todos esos controles, los operadores ilegales de Perú sacan su producción a territorio boliviano para venderla a operadores mineros nacionales”, que luego la declaran como oro de producción local, detalló.

Esta misma situación, apuntó, puede estar ocurriendo con el oro que se produce en Brasil.

Este medio solicitó a los presidentes de la Federación Regional de Cooperativas Auríferas (Ferreco), Eloy Sirpa, y de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin), Octavio Ramos, información sobre al contrabando de oro que ingresa a Bolivia, pero ninguno de los dirigentes respondió a las consultas.

“Existe una internación de oro proveniente del Perú de forma ilegal que se destina a la exportación por vías formales de Bolivia”, indica el informe gubernamental.

El Anuario Estadístico 2021 del Ministerio de Minería y Metalurgia da cuenta de que las cooperativas producen el 94% del oro nacional. Del total de ese mineral, el 76% se extrae en La Paz (donde operan Ferreco y Fecoman), el 21% en Beni y el 1% en Pando, Cochabamba y Potosí, respectivamente, destaca el informe, que identifica como “producción de oro” las 23,2 t registradas en 2020.

Cuestionado sobre el informe del Ministerio de la Presidencia, desde el Viceministerio de Política Minera se explicó que las estadísticas que presentan se basan en las declaraciones juradas de ventas internas que los productores —en este caso de las cooperativas— realizan en el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom).
Esta declaración contiene información sobre la procedencia del mineral y otros detalles.

“No hay forma de verificar que hay oro de contrabando (…). Así como supuestamente entra de manera ilegal, igual sale, por las características del mineral —puede transportarse en los bolsillos— y porque nuestra frontera es demasiada amplia. No hay forma de controlar”, informó la fuente.

El informe de Presidencia detalla que la salida de divisas del país se da cuando el oro ingresa de contrabando a Bolivia y cuando sale de manera formal.

Las comercializadoras que operan en Bolivia, al recibir el oro de contrabando, pagan en dólares a los productores extranjeros, siendo la fuente de divisas el sistema financiero nacional que, a su vez, compra los dólares del BCB, lo que causa “una disminución directa en las reservas internacionales”.

Ya al exportar el oro, las comercializadoras reciben dólares de los compradores, pero esas divisas son retenidas en el exterior y no son depositadas en los bancos del sistema financiero nacional, según el informe, que detalla que la venta de dólares del sistema financiero al sector minero, incluido el aurífero, sumó en 2020 aproximadamente $us 1.147 millones.

Para enfrentar esta situación, el proyecto del Ley del Oro establece que todas las personas o empresas dedicadas a la producción y comercialización interna o externa del mineral “deberán transferir obligatoriamente dichas divisas a cuentas habilitadas de entidades financieras reguladas” por la ASFI.

De acuerdo con el Banco Central de la República del Perú, “Bolivia se constituye en un importante destino de la exportación (legal e ilegal) de oro peruano”. Sin embargo, “en la actualidad, no existe ninguna normativa vigente (en Bolivia) que incentive las exportaciones de oro”, sostiene el informe del Ministerio de la Presidencia.

Zaconeta discrepa. “En Bolivia, las cooperativas están exentas del pago del impuesto a las utilidades, del impuesto a las transacciones y del impuesto al valor agregado. El único pago que hacen es la regalía del 2,5%”, apuntó.

“Tenemos una legislación bastante asimétrica en beneficio de las cooperativas mineras. Por eso, se puede evidenciar que en algunas zonas donde hay presencia de operadores privados, toda la producción se registra como si fuera de cooperativas”, sostuvo.

En su último comunicado sobre el tema, el Banco Central de Bolivia aseguró que “el proyecto de Ley 337/2021-2022 cumple con los mandatos constitucionales y legales, y responde al nuevo entorno de las modernas operaciones internacionales que realizan los bancos centrales en el mundo”.

“Lo único tangible de todo esto es que quien pierde es el Estado, porque el oro es un recurso no renovable y porque en medio de su explotación hay muchos conflictos de orden social y ambiental”, por lo que debería ser tratado en una ley integral, consideró el investigador. 

El diputado de Comunidad Ciudadana, José Guillermo Benavides, lamentó en una entrevista anterior que este proyecto de ley no aborde la explotación de oro de manera integral, ya que es una actividad que se realiza avasallando áreas protegidas y que causa la contaminación de los ríos con mercurio, además de afectar las poblaciones aledañas. Es un proyecto que se reduce a la compra de las cooperativas”, observó.

Publicado en: El Deber