COICA – Coalición Regional • Vulneración a los derechos de los Pueblos Indígenas en la cuenca amazónica por inversiones china

La oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) publicó el “Resumen de las comunicaciones de las partes interesadas sobre China (A/HRC/WG.6/31/CHN/3)”, donde incluye recomendaciones dadas por la organización indígena COICA (ver página 14 del citado documento).

El Resumen publicado es resultado de la evaluación de las recomendaciones presentadas por más de un centenar de instituciones a nivel global en el marco del proceso de Evaluación Periódica Universal de Derechos Humanos (EPU), buscando que el Gobierno chino mejore sus mecanismos de respeto, implementación y remediación en materia de derechos humanos; proceso emblemático por el rol de China -una de las principales economías del mundo- en el mercado de las materias primas en la región suramericana.

De los informes presentados, la OACDH ha seleccionado 127 contribuciones, entre las que se encuentra en el párrafo 15 del resumen el informe “Vulneración a los derechos de los Pueblos Indígenas en la cuenca amazónica por inversiones chinas” (p.3), elaborado por la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA), con apoyo técnico de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales – DAR (Perú), la Asociación Ambiente y Sociedad – AAS (Colombia), Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario – CEDLA (Bolivia) y Conectas (Brasil), miembros de la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación. Dicho informe se identifica con el código “JS3” en el página 14 del Resumen de las comunicaciones de las partes interesadas sobre China (A/HRC/WG.6/31/CHN/3).

Del informe, se toma la referencia sobre las afectaciones a los derechos a la vida, a la consulta previa, la salud y la discriminación hacia los pueblos indígenas:

“La JS3 también destacó que las empresas mineras chinas, en particular las que participaban en los proyectos Mirador y San Carlos Panantza en el Ecuador, habían incurrido en prácticas irregulares de adquisición de tierras, como la compra irregular sin consulta previa, la reclamación arbitraria de derechos de explotación minera y la interposición de demandas civiles contra familias sin títulos de propiedad. Por medio de estas prácticas y con el apoyo de las fuerzas de seguridad, estas empresas habían provocado el desalojo forzoso y el desplazamiento involuntario de un total de 42 familias indígenas”, se señala en la página 3, párrafo 15 del Resumen.

El EPU busca sentar un precedente sobre la responsabilidad extraterritorial de la República Popular China en materia de derechos humanos. Las inversiones chinas en la región se sostienen tanto en emprendimientos extractivos de recursos naturales, como en una serie de proyectos de infraestructura; y la promoción -cada vez mayor- de acuerdos bilaterales, en el marco de la estrategia de “La Franja y la Ruta”.

Al respecto, organizaciones indígenas y de sociedad civil vienen solicitando la apertura de mecanismos de diálogo y herramientas para analizar las implicancias de las inversiones chinas y el rol que China está jugando en la Amazonía, por lo que -ante las limitaciones culturales, diplomáticas y mediáticas para la comunicación con el Gobierno de Xi Jinping y sus instituciones, el proceso del EPU de Naciones Unidas representa una oportunidad.

En ese sentido, los compromisos en materia de derechos humanos asumidos por China como miembro de las Naciones Unidas deben convertirse en un instrumento más efectivo para exigir la protección de los derechos humanos y, en particular, los derechos de los pueblos indígenas.

Los datos

Se hicieron públicos los informes: “Recopilación sobre China Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (A/HRC/WG.6/31/CHN/2)”, y el Informe nacional presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos, China (A/HRC/WG.6/31/CHN/1*”.
Si bien, la República Popular China informa sobre avances en materia de políticas, estas no presentan ejemplos o cambios significativos en la forma en que desarrolla sus relaciones internacionales.
La OACDH documenta una serie de denuncias y vulneraciones a los derechos humanos en donde se señala la responsabilidad directa e indirecta del Estado Chino. Se remarca la responsabilidad extraterritorial en materia de derechos humanos, y se conmina a la implementación de mecanismos para su efectivo cumplimiento.

Fuente: https://coalicionregional.net/wp-content/uploads/2018/05/EPUchina_espanol.pdf