Un decreto regula la edificación de ductos

Una norma indica los pasos para operaciones  hidrocarburíferas
El Decreto Supremo 2368 aprobado el 20 de mayo establece  los mecanismos necesarios para la construcción y operación de ductos en proyectos que se constituyan de “interés nacional”. La norma señala que el Ministerio de Hidrocarburos y Energía podrá establecer esta declaratoria, mediante resolución, conforme a la política nacional y del sector, los proyectos de construcción de los ductos; ampliación y/o extensión de los mismos; líneas, ramales y/o laterales.
En caso de que existan ductos ya construidos, el ministerio del área podrá declarar de “interés nacional” su operación. Esta cartera de Estado, podrá requerir a las instituciones del sector de hidrocarburos que considere, la información y análisis respectivo a los proyectos citados a efectos de declararlos de interés nacional.
El ministerio del área deberá informar de forma oficial a la Agencia Nacional de Hidrocarburos las resoluciones y al interesado si corresponde. La ANH, al momento de fijar la autorización de operación, determinará la tarifa que corresponda, la cual se aplicará al ducto de interés nacional.