AJAM advierte que ha identificado “derechos mineros preconstituidos” en el Madidi
La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) ha identificado “derechos mineros preconstituidos” a la Constitución Política del Estado de 2009 y la Ley minera 535 de 2014 en el Parque Nacional y Área de Manejo Integrado Madidi, los cuales estarán sujetos a un proceso de adecuación al nuevo régimen normativo previo pronunciamiento de la autoridad ambiental.
Dicha información surge en medio de cierto júbilo que generó en esferas de los colectivos ambientalistas el hecho de que el Juzgado Agroambiental de Viacha emitiera la resolución 042/2023 de 5 de mayo de 2023, por la cual admitió la demanda precautoria presentada por la ciudadanía y declarara la inmovilización del APANMI Madidi por 30 días.
“Se aclara que se ha identificado la existencia de derechos mineros preconstituidos, es decir, que fueron otorgados antes de la Constitución Política del Estado y la Ley de Minería y Metalurgia en el AP-ANMI Madidi, los cuales están sujetos a un proceso de adecuación al nuevo régimen normativo, previo pronunciamiento de la autoridad ambiental competente”, señala la AJAM a través de un comunicado.
Añade además que la autoridad competente deberá pronunciarse a través de la licencia ambiental y la emisión del Certificado de Compatibilidad de Uso (CCU) emitido por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap).
Sin embargo, la AJAM insiste en señalar que los “derechos preconstituidos mineros” son aquellos que datan de antes de la Ley 535 de minería y metalurgia de 2014 y la CPE de 2009, cuando desde el ordenamiento jurídico ambiental se considera preconstituido a los derechos antes de la creación de las áreas protegidas en cuestión.
La AJAM afirma que desde la gestión 2022 asumió acciones restrictivas definitivas que prohíben la reserva de áreas mineras y en consecuencia la otorgación de nuevos derechos mineros en el Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado (AP-ANMI Madidi), así como en los Reserva de la Biósfera Pilón Lajas y el Parque Nacional Cotapata.
Resolución precautoria
El Juez Agroambiental de Viacha admitió el 11 de abril “medidas cautelares ambientales” al interior del Parque Nacional Madidi del departamento de La Paz por el periodo de 30 días, lo cual ya habría fenecido si es que se dio fiel cumplimiento a la disposición judicial.
La acción originó por la alerta de los guardaparques del Madidi, ante el ilegal ingreso de cooperativistas mineros al área protegida, incluso haciendo uso de agresiones físicas y uso de armas de fuego.
A la demanda precautoria iniciada por la ciudadanía se sumaron la senadora Cecilia Requena y el Sernap, correspondiendo el desarrollo de la demanda ambiental, para que se consolide la inmovilización del AP y se proceda al desalojo de las actividades mineras ilegales que amenazan la conservación del lugar más biodiverso del mundo y que envenenan las aguas de los ríos.
En la Resolución 042/2023 de 05 de mayo de 2023 se señala que “en tanto no se acredite la legalidad de la actividad minera aurífera se dispone paralización de toda actividad sobre el río Tuichi”.
En las medidas preventivas se dispone por los guardaparques controlen todos los ingresos al Parque Nacional Madidi y se dispone notificar a la empresa minera aurífera “Azairma Colorado” Ltda y “Virgen del Rosario” Ltda y a la Central de Pueblos Indígenas de La Paz (CPILAP) como partes interesadas.
Publicado en: Brújula Digital