Cerro Rico de Potosí: Comibol reubica a 16 de 22 cooperativas de la cúspide y va por más
Concebida a principios de gestión, el plan de reubicación de operaciones mineras del Cerro Rico que puso en marcha la gerencia regional de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) regional Potosí, busca limitar la extracción de metales sobre la cota 4.400 a corto plazo.
Con este objetivo, desde principios de gestión, se precintaron minas declaradas abandonadas que estuvieron bajo dominio de las cooperativas Carmen, Unificada Potosí, 10 de Noviembre, Ckancchas Libres, 1 de Abril, Villa Imperial, y San Cristóbal según un informe sobre minas inmovilizadas que procesó la estatal minera.
Se evidenció que sobre la cota 4.400 del Cerro Rico operaban un total de 22 cooperativas, de las cuales el 90% firmó compromisos de migración a otras áreas de explotación que se hallan por debajo de esa cota.
El gerente de Comibol Potosí, Ramil Silvestre explicó el plan de reubicación de operaciones mineras a presidentes de las cooperativas afiliadas a la Federación de Cooperativas Mineras (Fedecomin) Potosí (Foto CS-PT).
“El plan de reubicación tiene como meta cerrar el 100% de las minas que operan sobre la cota 4.400, y trasladar a los cooperativistas, a nuevas áreas que la Comibol tiene identificadas en las faldas del Cerro Rico. Este proceso permitirá disminuir la explotación de óxidos y sulfuros de plata, parar la degradación geológica de la roca; y fundamentalmente, contribuir a preservar la estructura geológica original de la montaña”, señaló.
Por su parte, Gregorio Socaño, coordinador de la estatal minera en la comisión técnica interinstitucional conformada por el Comité Cívico Potosinista (Comcipo), la Universidad Autónoma Tomás Frías (UATF), la Gobernación de Potosí y la (Fedecomin), para el sostenimiento, consolidación y estabilización geológica del Cerro Rico, informó que la reubicación de operaciones mineras ya comenzó arrojar resultados.
Explicó que al menos, una veintena de cooperativas ya optaron por migrar a otras áreas por debajo de la Cota 4.400 del Cerro Rico.
“Las cooperativas están reubicando operaciones y al ritmo actual, esperamos resultados expectantes en los próximos meses”, apuntó el profesional en geología estructural.
En la cúspide del Cerro Rico, 16 secciones de cooperativas cerraron operaciones mineras voluntariamente y abandonaron actividades de explotación de sulfuros y óxidos de plata.
“Si bien existieron trabajos mineros por encima de la cota 4.400 (donde operaban) 40 secciones, 16 secciones que pertenecen a diversas cooperativas, voluntariamente han dejado el lugar (la cúspide de Cerro Rico), no solo por presión social, sino porque asumieron conciencia ya que las cooperativas están comprometidas con preservar la estructura geológica del cerro, es una muestra que los mineros están prestos a migrar de la montaña”, afirmó.
Adecuación de contratos para reubicar operaciones mineras
La estrategia que viene desplegando la Comibol para reubicar operaciones mineras, según el reporte de prensa, tiene además a la adecuación de los contratos suscritos por las cooperativas para explotar minerales en el Cerro Rico y, la oferta de nuevas áreas de trabajo en el departamento, como puntales que orientan la consecución de planes a corto plazo con la mira puesta en la preservación geológica del macizo rocoso.
Con este fin suscribió, hasta ahora, un conjunto de contratos de adecuación con la Fedecomin, bajo el compromiso de migrar faenas mineras por debajo de la cota 4.400, precisó Silvestre.
La adecuación de contratos implica aprobar nuevas disposiciones técnicas y legales a las que deben ser sometidas, inexcusablemente cualquier vínculo contractual suscrito con la Comibol en el marco de lo que estipula la Ley 1140, sobre la regulación de las relaciones entre el Estado y las cooperativas mineras y el marco jurídico establecido por la Ley de Medioambiente.
Esto implica que, a fuerza de Ley, y por mandato expreso, todas las cooperativas están obligadas a adecuarse a la norma, y por ende, acatar lo que disponen las leyes. En este caso particular, la Comibol autoriza la adecuación de contratos condicionada a suspender operaciones mineras por encima de la cota 4.400 del Cerro Rico. Pero también obliga a los mineros, a reubicar la explotación por debajo de la cúspide del macizo de plata.
El artículo 4 de la Ley 1140 referida a la suscripción de contrato cooperativo minero, dispone: “El Contrato Cooperativo Minero será suscrito por la Comibol con las cooperativas mineras para el desarrollo de actividades de la cadena productiva en áreas de la Comibol establecidas en el parágrafo V del artículo 61 de la Ley 535, modificado por el parágrafo I del Artículo 8 de la Ley 845, para nuevas solicitudes, así como la adecuación de los Contratos de Arrendamiento suscritos con anterioridad a la vigencia de la presente Ley”.
La suscripción de los contratos cooperativos mineros por adecuación, respetará los derechos preconstituidos de las cooperativas, manteniéndose inalterable la titularidad de la Comibol sobre sus áreas.
Publicado en: Brújula Digital