Toman previsiones para garantizar abastecimiento de combustibles

Ante la situación actual del sector hidrocarburos, baja producción de gas y petróleo y la determinación de autorizar la importación de crudo, el Gobierno toma una serie de medidas para garantizar el abastecimiento de combustibles. El Ministerio de Hidrocarburos y Energía dijo que se trabaja para cumplir la meta.

El abastecimiento de diésel, gasolina, gas natural vehicular (GNV), el gas licuado de petróleo (GLP) y aceites para el mercado interno y la soberanía energética están garantizados, aseguró el ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina Ortiz.

“Hemos emitido la semana pasada el Decreto Supremo (DS) N° 4661 que autoriza la importación de petróleo crudo y el año pasado se puso en vigencia el DS N° 4616 que incentiva la producción de este hidrocarburo, además incrementamos la compra de etanol a 160 millones de litros para este 2022”, explicó.

Agregó que esas medidas asumidas por el Gobierno posibilitan que el abastecimiento de estos carburantes esté completamente garantizado.

Asimismo, el ministro enfatizó que con el nuevo decreto N° 4661 Bolivia podrá ahorrar aproximadamente 150 millones de dólares en esta gestión por importación de crudo, ya que el procesamiento para la producción de gasolina, diésel y aceites se realizará en las refinerías del país, lo que reducirá la compra desde el exterior de estos productos procesados.

“Con el incremento de los volúmenes de etanol, la importación de petróleo crudo (DS N° 4661) y un incremento esperado del 100% en la producción actual del crudo en el país (DS N° 4616), nuestras refinerías podrán elevar su producción a un 85%”, indicó.

De ese modo, el país tiene garantizado el suministro de combustibles, esencialmente para el sector productivo, que juega un papel fundamental para la reactivación económica de Bolivia.

Sobre el DS N° 4661

El DS N° 4661 establece que los volúmenes de importación de crudo serán definidos por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) “de acuerdo a las necesidades de abastecimiento de combustibles del mercado interno y/o capacidad de procesamiento de las refinerías del país, mismos que serán asignados y programados por el Comité de Producción y Demanda (Prode)”.

Asimismo, la norma difiere a cero por ciento (0%) el Gravamen Arancelario a la importación de petróleo correspondiente a la partida arancelaria NANDINA 2709.00.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2022.

El Ministerio de Hidrocarburos y Energías, mediante Resolución Ministerial, establecerá la reglamentación específica de los requisitos y procedimientos de autorización de importación de petróleo crudo, estructura de costos y especificaciones de la metodología de subvención, así como los procedimientos de certificación de la misma.

Publicado en: El Diario