Decreto perdona interés en deudas a Comibol

A COOPERATIVISTAS QUE CUMPLAN CON EL PLAN DE PAGOS
El decreto supremo 2398, aprobado el pasado 10 de junio, establece que los mineros cooperativistas tienen hasta ocho años de plazo para pagar su deuda a la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) por el traspaso de maquinaria entre 1996 y 1997, además quienes cumplan con el plan de pagos pueden recibir el beneficio de la condonación de los intereses.
El decreto señala que son incentivos para que los cooperativistas mineros cumplan con las deudas por transferencia de maquinaria, equipos, herramientas, repuestos, accesorios, insumos y otros bienes.
El artículo 1 del decreto señala que: “El plazo para los planes de pago al capital, establecidos en el reglamento señalado en el parágrafo precedente, no deberá ser mayor a ocho años, el cual debe considerar la capacidad de pago y el monto adeudado”.
La norma fue aprobada el 10 de junio, según la página web de la Gaceta Oficial.
Si bien el Gobierno establece los plazos para las cooperativas mineras, también da a conocer en el decreto supremo que aquellos que se acojan a esa norma tienen 90 días para hacerlo y que si incumplen los plazos para la cancelación de sus deudas serán sancionados con procesos coactivos.
Asimismo, establece que en caso de incurrir en incumplimiento los cooperativistas deben cancelar sus deudas sin beneficio alguno, es decir sin la condonación de intereses que viabiliza la norma.
Además, la Comibol debe elaborar en un plazo de 15 días (a partir de la promulgación) el Reglamento de Regularización y Procedimiento para el Pago de Deuda, junto a la dirigencia de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin).
Las empresas comercializadoras de minerales o las entidades públicas del rubro serán los agentes de retención a favor de Comibol hasta cubrir la deuda, señala el decreto.